Ministerial Agreement No. 141. Establishment of National Environmental Authority Standards for Carbon Neutrality

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Category: Executive

Document Type: Resolution

Role: Main

Ministerial Agreement No. 141 establishes a regulatory framework in Ecuador for carbon neutrality initiatives, administered by the National Environmental Authority, including a Carbon Neutral Seal and a public registry.

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Full text:

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Acuerdo No. 141
Lorena Tapia Núñez
LA MINISTRA DEL AMBIENTE
CONSIDERANDO
Ministerio
del Ambiente
el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador establece el derecho de la
población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la
sostenibilidad y el buen vivir, Sumak Kawsay. Se declara de interés público la preservación del
ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio
genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales
degradados;
el numeral 27 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce y
garantiza a las personas, el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente
equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza;
el numeral 6 del artículo 83 de la Constitución de la República del Ecuador establece que son
deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros
previstos en la Constitución y la ley el respetar los derechos de la naturaleza, preservar un
ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible;
los
el último inciso al artículo 408 de la Constitución determina que el Estado garantizará que
mecanismos de producción, consumo y uso de los recursos naturales y la energía preserven y
recuperen los ciclos naturales y permitan condiciones de vida con dignidad;
el
el artículo 413 de la Constitución declara que el Estado promoverá la eficiencia energética,
desarrollo y uso de prácticas y tecnologías ambientalmente limpias y sanas, así como de
energías renovables, diversificadas, de bajo impacto y que no pongan en riesgo la soberanía
alimentaria, el equilibrio ecológico de los ecosistemas ni el derecho al agua;
el artículo 414 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el Estado adoptará
medidas adecuadas y transversales para la mitigación del cambio climático, mediante la
limitación de las emisiones de gases de efecto invernadero, de la deforestación y de la
contaminación atmosférica;
la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible en el Principio 8
determina que para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las
personas, los Estados deberán reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo
insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas;
de acuerdo a la Resolución aprobada por la Asamblea General el 27 de julio de 2012, en el
Sostenible,
la
marco de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo

Tags: Climate Neutrality, Public Private, Reporting, Climate Change, Compliance, Carbon Accounting, Governance, Institutions / Administrative Arrangements, Methodology, Mitigation, Regulation, Incentive, Ghg, Policy, Disclosure

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